Colegio e Internado
Agustinos de León

Ayudas para la adquisición de dispositivos digitales

Resolución definitiva. Plazo de presentación de recursos del 1 al 30 de junio de 2020.

Ayudas para la adquisición de dispositivos digitales 2019/2020. Resolución definitiva

Plazo de presentación de recursos del 1 al 30 de junio de 2020.

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El 29 de mayo de 2020 se publica en las Direcciones Provinciales de Educación la Orden de 19 de mayo de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales para su utilización por el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2019/2020.

La resolución tiene dos anexos:

  • Anexo I: relación de solicitudes concedidas, con indicación de la cuantía de la ayuda concedida.
  • Anexo II: relación de solicitudes desestimadas, con indicación de la causa de desestimación.

Cada centro educativo dispone así mismo del listado de solicitudes concedidas y desestimadas de su centro.

Los interesados también pueden consultar el estado de su solicitud a través de la solicitud informática:

Contra la Orden por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para financiar la adquisición de dispositivos digitales cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. El cómputo de los plazos se iniciará en el momento en el que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID¿19, o en su caso, las prórrogas del mismo.:

  • Si el solicitante aparece relacionado en la Orden, el plazo para interponer recurso es de UN MES, es decir, del 1 al 30 de junio de 2020, ambos inclusive.
  • Si el solicitante no aparece relacionado en la Orden, podrá interponer el recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a su publicación.

El recurso se presentará, de manera presencial, en los registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por lo tanto SE INADMITEN A TRÁMITE LOS RECURSOS PRESENTADOS EN LOS CENTROS DE ENSEÑANZA.